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Mayo de 2014
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Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
Texto Completo
Mayo de 2014 |
Por José Octavio Clariá |
En
este número del mes de mayo de 2014, reiniciamos la
publicación de este Suplemento de Derecho Deportivo. Resulta
importante señalar que este Suplemento comenzó a publicarse
en el año 2005. Por lo cual, con este número iniciamos el décimo
año del mismo. Es
para nosotros motivo de satisfacción y una buena oportunidad
para agradecer a las autoridades de elDial por la confianza y
apoyo recibido en todos estos años. También
para agradecer a todos los que han trabajado en la selección
de material y en el armado de cada edición y también a
quienes han colaborado como autores de artículos y
comentarios. Sin su aporte hubiese sido imposible mantener la
publicación durante todo este tiempo. Hoy
en la sección doctrina, publicamos dos artículos. El
primero de ellos titulado “El
intento de modificación de la Ley del Futbolista en Paraguay
o cómo agravar el estatus de jugador profesional” del Dr.
Gerardo Pérez Acosta.
En el mismo, el ilustre colega paraguayo analiza un proyecto
de ley (se publica también el mismo) presentado
recientemente en el Congreso de la Republica de Paraguay.- En
el segundo, titulado: “Los Caddies, una profesión que pide a gritos un reconocimiento jurídico
específico”, el Dr.
Santiago Casares, comenta un reciente fallo de la Cámara
Nacional del Trabajo referido a la problemática situación
de los caddies de golf. Mas allá de la polémica acerca de
la existencia o no
de relación de dependencia con los clubes de golf el Dr.
Casares plantea con claridad la imperiosa necesidad de
encontrar un régimen jurídico específico para los caddies. En
la sección jurisprudencia publicamos un importante abanico
de fallos relacionados con la temática del Derecho
Deportivo: a)
Un importante fallo de la CSJN en el que se deja sin efecto
una sentencia de Cámara que no había admitido la actuación
de las autoridades estatutarias de un club en quiebra y bajo
el régimen de la ley de fideicomiso de administración de la
ley 25.284; b)
Un fallo de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial
Federal en el que se acepta la responsabilidad civil y la
obligación de indemnizar los daños causados a dos personas
que resultaron heridas luego de terminado un encuentro de
futbol y en las inmediaciones del estadio. El fallo acepta la
responsabilidad del agente policial que efectuó los disparos
con su arma, del Estado Nacional por la deficiente prestación
del servicio de la Policía Federal, del Club local y de la
Asociación del Fútbol Argentino. c)
Tres fallos en los que se analiza desde distintas ópticas la
interesante problemática que plantea los contratos de cesión
de derecho económicos. También la situación de
representantes de jugadores relacionados con los pases de sus
representados.- d)
Un fallo en que se ratifica la doctrina sentada en fallos
anteriores acerca de la existencia de relación de
dependencia de los árbitros de futbol; e)
Un fallo en que se concede una medida cautelar en el marco de
una acción de amparo dejando sin efecto una prohibición
para que un jugador menor de edad se le conceda el pase a un
nuevo club; f)
Un fallo en que se rechaza una pretensión de responsabilizar
al Presidente de la AFA, a ésta institución y a una
editorial propietaria de un diario por noticias publicadas
respecto de dichos del presidente de un club de futbol.- En
la sección novedades se publica la noticia de la iniciación
de una nueva realización del Curso de Derecho &
Management del Deporte, organizado por la Universidad Católica
Argentina en conjunto con la FIFA y el CIES.- Asimismo
el dictado de una conferencia en la Universidad Católica
Argentina por el Sr. Ricardo Trade, Presidente de la Comisión
Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA en Brasil en 2014. Agradeciendo
muy especialmente a los autores y a quienes han colaborado en
le recopilación de información y en aportes en la elaboración
de este número del Suplemento nos despedimos hasta el próximo
número.-
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